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Alcaldía Municipal de Girardota

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TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA SALA TERCERA DE ORALIDAD



​​MAGISTRADA PONENTE: YOLANDA OBANDO MONTES

​Fecha del aviso: treinta (30) de abril de dos mil veinte (2020)


 

Radicado: 05001-23-33-000-2020-01233-00

Instancia: ÚNICA

MEDIO DE CONTROL: CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD

Acto a controlar: DECRETO No. 042 DEL 24 DE MARZO DE 2020 DEL MUNICIPIO DE GIRARDOTA – ANTIOQUIA.

 

Se informa a la comunidad que, mediante auto del 30 de abril de 2020 se admitió el control inmediato de legalidad del Decreto No. 042 del 24 de marzo de 2020, "POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE UNA TARIFA TRANSITORIA PARA ALGUNOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES", expedido por el Alcalde Municipal de Girardota – Antioquia.

Conforme lo dispuesto por el numeral 2° del artículo 185 de la Ley 1437 de 2011 y según lo ordenado en el auto del 30 de abril de 2020, se informa a la ciudadanía que dentro del término de diez (10) días siguientes a la fijación de este aviso, podrá intervenir en el proceso de la referencia, para defender o impugnar la legalidad del aludido Decreto.

Las intervenciones serán recibidas por correo electrónico en el buzón de mensajes des04taanq@cendoj.ramajudicial.gov.co y se deberá precisar que la intervención de dirige al radicado 05001-23-33-000-2020-01233-00, conforme se ordenó en el mencionado auto.

JUDITH HERRERA CADAVID SECRETARIA GENERAL ​


     

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