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PERSONERÍA MUNICIPAL

La Personería de Girardota es un órgano de control que:

Vigila La Gestión Administrativa :

  • Para que las autoridades cumplan o hagan cumplir la Constitución , las leyes, los decretos, las ordenanzas y los acuerdos.
  • Para que las autoridades no abusen del poder en perjuicio del ciudadano o de la comunidad.
  • Para Sancionar a todo funcionario público municipal que en su cargo hace lo que se le prohíbe, o deja de hacer lo que está obligado a realizar.

Asesorar al ciudadano :

  • Lo orienta para ejercer el Derecho de Petición
  • Le ayuda a que toda petición que se hace ante las autoridades, sea resuelta con prontitud y eficacia.
  • Le ayuda a que toda petición que se hace ante las autoridades, sea resuelta con prontitud y eficacia.
  • Lo escucha cuando le cuenta sus problemas, quejas o reclamos y le indica caminos jurídicos o etapas a seguir para encontrar la solución.
  • Le sirve de puente y guía con las autoridades para la búsqueda y reconocimiento de sus derechos.

Defiende los derechos del ciudadano:

  • Le elabora la Acción de Tutela cuando se ven vulnerados sus derechos
  • Escucha y atiende toda queja por violación de Derechos Humanos
  • Vigila que las empresas de servicios públicos cumplan la ley y no cometan abusos a los usuarios del servicio.
  • Fiscaliza la inversión social para que se ejecute conforme a los parámetros legales.
  • Facilita la Participación Ciudadana para la guarda y protección de los derechos colectivos, mediante la elaboración de las Acciones Populares y de Grupo.
  • Difunde la importancia y eficacia de las Veedurías Ciudadanas.
  • Promueve la protección y disfrute de un Medio ambiente Sano.
  • Facilita el ejercicio de las Acciones de Cumplimiento para que una ley, norma o actos administrativos se hagan efectivos.
  • Vigila la observancia del Debido Proceso y el Derecho de Defensa en todas las actuaciones realizadas por los Juzgados Penales Municipales, Fiscalías Locales, Seccionales y en las Inspecciones Municipales de la Policía y de tránsito del Municipio de Girardota.

 

FERNANDO CÓRDOBA CARMONA

Magister en Derecho Procesal
Universidad de Medellín

Abogado
Universidad de Medellín

Administrador Municipal
Escuela Superior de Administración Pública ESAP
Nivel Tecnológico

Dos veces Concejal de Girardota y Presidente del Concejo Municipal. 1990-1992 y 1992-1993

Asistente del secretario de Gobierno y Jefe encargado del Departamento Administrativo del Municipio de Medellín. 1993 y 1994

Asesor de la Cámara de Representantes de Bogotá. 1995-1997

Gerente de la empresa ya liquidada “Imagen Siempre Imagen”. 1998 y 1999

Subgerente Administrativo de la E.S.E Hospital La Candelaria de Guarne Antioquia. 1999

Asesor de Concejales del Concejo de Medellín. Enero 2001 hasta octubre 2003.

Abogado Litigante. 2001-2003

Personero Municipal de Girardota. 1 de marzo de 2004 y actualmente.

Telefono: 405 42 00 Ext134 289 55 00 - 289 55 00
CEL: 3154132775
Email: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla  

JAQUELINE TORRES MARIN

Abogada

Universidad de Medellín

Especialista en Derecho Administrativo

Universidad de Medellín

Asistente Jurídica

Secretaría de Transportes y Tránsito de Medellín

Subsecretaría de Control.

Oficina de Control Interno Disciplinario.

Enero de 2002 - Junio de 2005

Abogada Asesora

DERIVADOS DE ANTIOQUIA LTDA

Enero de 2006 - Noviembre de 2007

Integrante Junta Directiva

INDER DE MEDELLIN

2008-20011

 
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