Concejo
EL CONCEJO
El Concejo del Municipio de Girardota, es una corporación administrativa de elección popular del orden municipal, encargada de propiciar el desarrollo armónico e integral de la población, por medio de resoluciones y proposiciones, y mediante el análisis, estudio y aprobación de proyectos de acuerdo en las distintas comisiones y en plenaria, plasmadas estas actuaciones en acuerdos.
MISIÓN:
Las actuaciones del Concejo están orientadas a garantizar en el municipio el cumplimiento de la constitución nacional, las leyes, decretos y demás disposiciones. Fundamentando en la participación democrática comunitaria y ciudadana a todo nivel del desarrollo y mejoramiento municipal, estableciendo programas para el conocimiento, promoción y protección de los valores democráticos, constitucionales, institucionales, cívicos y especialmente el de la solidaridad, de acuerdo con los derechos fundamentales, sociales, culturales, colectivos y del medio ambiente.
VISIÓN:
El Concejo Municipal de Girardota (Ant.) será una corporación con un alto grado de responsabilidad social y política, propiciando el constante mejoramiento de la calidad de vida de la población; con reconocimiento municipal, departamental y nacional como una organización que actúa en consenso con la comunidad, enmarcando a los concejales en procesos de aprendizaje y mejoramiento continuo, con pensamiento estratégico, ayudando a la corporación a aprender del pasado y a proyectar lo aprendido con mentalidad orientada hacia el futuro, con políticas claras de desarrollo armónico e integral, a través de un trabajo coordinado y en equipo entre la administración municipal, la sociedad civil, las instituciones y organismos del municipio hacia un norte común.
FUNCIONES DEL CONCEJO
- Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Municipio.
- Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social de obras públicas.
- Autorizar al Alcalde para celebrar contratos y ejercer protémpore precisas funciones de las que corresponden al Concejo.
- Votar de conformidad con la Constitución y la Ley los tributos y los gastos locales
- Dictar las normas orgánicas del presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos.
- Determinar la estructura de la Administración Municipal y las funciones de sus dependencias; las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos; crear a iniciativa del Alcalde establecimientos públicos y empresas industriales o comerciales y autorizar la constitución de Sociedades de Economía Mixta.
- Reglamentar los usos del suelo y, dentro de los límites que fije la ley, vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda.
- Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del Municipio.
- Elegir Personero para el período que fije la ley y los demás funcionarios que ésta determine.
- Las demás que la Constitución y la Ley le asignen.
CONFORMACIÓN MESA DIRECTIVA 2009
Presidente: Jhon Fredy Echeverry Echeverry
Vicepresidente Primero: Martin Alonso Bustamante Gomez
Vicepresidente Segundo: Luis Fernando Sierra Sierra
COMISIONES PERMANENTES
Comisión Primera o del Plan y de Bienes
- Concejala Nancy Catalina Roncancio Díaz
- Concejal Juan Carlos Arboleda Arboleda
- Concejal Sergio Andrés Orlas Jiménez
- Concejal Nicolás de Jesús Bohórquez Saldarriaga
- Concejal Luís Fernando Sierra Sierra
Comisión Segunda o de Presupuesto y de Asuntos Fiscales
- Concejala Yolima de Jesús Cano Guillen
- Concejal John Fredy Echeverry Echeverry
- Concejal Francisco Antonio Córdoba Quintero
- Concejal Rodolfo León Sánchez Castro
- Concejal Diego Alonso Uribe Hoyos
Comisión Tercera o Administrativa y de Asuntos Generales
- Concejal Martín Alonso Bustamante Gómez
Concejal Armando de Jesús Gaviria Cadavid
Concejal Joaquín Bernardo Hernández López



